PROVINCIA PANAMÁ, OBSERVACIONES SE LE OTORGA PODER GENERAL A FAVOR DEL SEÑOR JOSE DE JESUS CAMARGO, SEGUN DOCUMENTO 2122184 DE LA SECCION DE PERSONAS DESDE EL 10 DE FEBRERO DE 2012
Tipo de RegistroMercantil
Fecha InscripciónTipo de OrganizaciónSOCIEDAD ANONIMA
(MERCANTIL) Folio Nº 760537 (S)
VigenciaPERPETUA
EstadoSUSPENDIDO
Última Actualización19 SET 2023 (Hace 1 años)
Dólares americanos
Capital Social10,000.00
ObservacionesEn atención a notificación oficial No. 201-013002-DGI de 23 de octubre de 2017 recibida de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas, por medio de la cual le informa al Registro Público de Panamá que se ha elaborado una lista de personas jurídicas con una morosidad de tres (3) años en concepto de tasa única, y que la misma ha sido publicada en Gaceta Oficial, encontrándose dentro de la lista la presente persona jurídica. Por tanto, al tenor de los dispuesto el artículo 318-A- del Código Fiscal, se procede a la inscripción provisional de la presente marginal de anotación de disolución de la persona jurídica por el no pago de la Tasa Única, por un período de tres (3) años a partir de la fecha de su inscripción. Que en atención al parágrafo 4 y 5 de la excerta legal , una vez inscrita la disolución provisional de la persona jurídica en el Registro Público de Panamá, la persona jurídica contará con el plazo de dos (2) años para ser reactivada, no obstante, expirado el plazo de dos (2) años sin que se haya producido la reactivación de la persona jurídica, el Registro Público de Panamá, procederá con la cancelación definitiva y , como consecuencia, dicha persona jurídica se entenderá disuelta de manera definitiva, con todos los efectos jurídicos q En atención a lo establecido en los artículos 1, 2 y 3 del Decreto Ejecutivo 905 de 20 septiembre de 2019 y la Ley 52 de 27 de febrero de 2016, el Registro Público procede a cambiar al ?estatus suspendido? el presente folio mercantil;lo anterior dando cumplimiento y dejando constancia de los efectos jurídicos que ello implica, según lo estipulado en el Parágrafo 3 del Artículo 9 de la Ley 52 de 2016, que modificó el Artículo 318-A del Código Fiscal. A saber los efectos jurídicos de la anotación de estatus suspendido en el presente folio, implican: 1. Imposibilidad para iniciar procesos legales, realizar negocios o disponer de sus activos. 2. Imposibilidad para hacer reclamos o ejercer algún derecho. 3. Imposibilidad para realizar ninguna acción corporativa que resulte obligante para la persona jurídica. No obstante, cuando los derechos corporativos de una persona jurídica hayan sido suspendidos, esta podrá: 1. Hacer una solicitud de reactivación. 2. Gestionar la defensa de cualquier proceso iniciado en su contra. 3. Continuar con procesos legales instituidos en su nombre antes de la fecha de suspensión.que ello conlleva.
Objeto SocialME DEDICARE AL TRANSPORTE DE CARGA TERRESTRE
Representante LegalANIBAL ANTONIO CAMARGO ESPINOZA
RUC2573097-1-829779
Actividades Comerciales - Transporte de carga por carretera
Razón Comercial | Dirección | |
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TRANSPORTECAMARGO,S.A | URB.LAS CUMBRES PRADERAS DE SAN LORENZO CL. VALENCIA CASA L-37, PANAMÁ PANAMÁ LAS CUMBRES |
Cargo | Nombre | Vinculaciones | Visualizar | |
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Suscriptor | FRANCISCA MARIA GONZALEZ | 3 | ||
Suscriptor | EDGARDO CASTILLO PIMENTEL | 3 | ||
Director | FRANCISCA MARIA GONZALEZ | 3 | ||
Director | EDGARDO CASTILLO PIMENTEL | 3 | ||
Director | KARIA MABEL CASTILLO | 2 | ||
Presidente | FRANCISCA MARIA GONZALEZ | 3 | ||
Tesorero | KARIA MABEL CASTILLO | 2 | ||
Secretario | EDGARDO CASTILLO PIMENTEL | 3 | ||
REPRESENTANTE | EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD LO ES EL PRESIDENTE, PUEDIENDO TAMBIEN EJERCER ESE CARGO EL TESORERO O EL SECRETARIO EN LAS AUSENCIAS DEL PRESIDENTE O CUALQUIER OTRA PERSONA QUE LA JUNTA DIRECTIVA DESIGNE CON ESE OBJETO. | - | - |